lunes, 15 de septiembre de 2008

POLITICA COMERCIAL

La política comercial común de las CE abarca todas las medidas importantes que afectan al comercio de mercancías y servicios y casi todas las relacionadas con el comercio.
Dentro del mercado interno se permite la libre circulación de mercancías, servicios, capital y trabajadores. Entre las cuestiones relacionadas con el comercio que pertenecen al ámbito de la política comercial común cabe citar: la legislación de sociedades, los impuestos indirectos, las normas y otros reglamentos técnicos, las patentes comunitarias, y la observancia de los derechos de propiedad intelectual.
La no armonización de todas las medidas de política comercial pertinentes, así como los problemas que plantea su aplicación cuando la legislación efectivamente ha sido armonizada, obstaculizan el comercio entre los Estados miembros. Por ejemplo, la Comisión estima que la no aplicación del principio de reconocimiento mutuo (capítulo III 2) ix)) resta al comercio comunitario hasta 150.000 millones de euros. Por consiguiente, la Comisión pretende facilitar, con su estrategia con respecto al mercado interno, la libre circulación de mercancías, servicios, capital y trabajadores dentro de la Comunidad a través de una amplia gama de medidas reglamentarias y actos relacionados, entre otras cuestiones, con las siguientes: impuestos indirectos, reconocimiento mutuo, normalización, armonización de las normas nacionales sobre las prácticas comerciales desleales, control del tráfico aéreo, ferrocarriles, eliminación de la doble imposición, contratación pública, patentes comunitarias, observancia de los derechos de propiedad intelectual y buena conducta empresarial.

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